La Corte Nacional de Justicia del Ecuador, mediante la Resolución No. 15-2025, estableció como precedente obligatorio que la declaración del actor en materia laboral no constituye prueba suficiente por sí sola.
Introducción:
En los procesos laborales ecuatorianos, la declaración del trabajador (actor) es una herramienta importante, pero no puede considerarse un medio de prueba suficiente para acreditar los hechos alegados en su demanda.
La Corte Nacional de Justicia, a través de la Resolución No. 15-2025, ha consolidado este criterio como precedente jurisprudencial obligatorio, marcando un estándar claro en la valoración de la prueba dentro de los juicios laborales.
Marco normativo aplicable:
El criterio está respaldado por diversas normas del ordenamiento jurídico ecuatoriano:
- Constitución de la República del Ecuador, artículo 184 numeral 2: faculta a la Corte Nacional para fijar precedentes jurisprudenciales obligatorios.
- Código Orgánico de la Función Judicial, artículos 180 y 182: regulan la obligatoriedad de los precedentes jurisprudenciales.
- Código Orgánico General de Procesos (COGEP), artículos 163 y 169: establecen la valoración de la prueba conforme a la sana crítica y la carga probatoria de las partes.
- Resolución No. 069-2016, sobre el Reglamento de Procesamiento de Precedentes Jurisprudenciales Obligatorios.
Contenido del precedente obligatorio (Resolución No. 15-2025):
La Corte Nacional de Justicia determinó que:
“En materia laboral, la declaración de parte del actor no constituye, por sí sola, un medio de prueba idóneo y suficiente para acreditar los hechos afirmados en la demanda. Para que dicha declaración adquiera suficiencia probatoria, debe encontrarse corroborada por datos externos de carácter objetivo que permitan someterla a un examen de credibilidad, verosimilitud y fiabilidad.”
Con esta resolución, el criterio deja de ser una simple orientación jurisprudencial y pasa a tener carácter obligatorio para todos los jueces del país.
Importancia del precedente para los empleadores:
Este pronunciamiento tiene un impacto directo en la defensa del empleador dentro de los procesos laborales. Entre los principales efectos destacan:
- Protección frente a declaraciones sin sustento: El precedente impide que una sentencia se base únicamente en la palabra del trabajador. Toda afirmación deberá ser corroborada con pruebas objetivas, como documentos, testigos o registros internos.
- Fortalecimiento de la seguridad jurídica: El empleador puede prever que los jueces no admitirán declaraciones sin respaldo probatorio. Esto fomenta decisiones más justas, equilibradas y coherentes con la realidad de los hechos.
- Equilibrio procesal entre las partes: Aunque el Derecho Laboral protege al trabajador como parte más débil, esta resolución busca restablecer el equilibrio procesal, evitando que el principio protector se convierta en una ventaja indebida.
- Fomento de la buena práctica empresarial: El empleador, al conocer este criterio, puede implementar políticas adecuadas de registro documental, control interno y gestión de evidencias, que fortalezcan su posición en un eventual litigio.
Conclusión:
La Resolución No. 15-2025 de la Corte Nacional de Justicia constituye un hito en la doctrina laboral ecuatoriana.
Al declarar que la declaración de parte del actor no tiene valor probatorio suficiente por sí sola, se refuerza la necesidad de que toda afirmación sea contrastada con pruebas objetivas y verificables.
Este precedente fortalece la seguridad jurídica, la imparcialidad judicial y la protección de los derechos del empleador, asegurando que las decisiones en materia laboral se fundamenten en evidencia real y no en simples manifestaciones personales.
Creado por: Daniel Hidalgo – Área Laboral


