El 04 de septiembre de 2025 el Pleno del Consejo de la Judicatura resolvió expedir mediante Resolución 063-2025 el “REGLAMENTO PARA TRAMITAR LA AUTORIZACIÓN DE SALIDA DEL PAÍS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL SERVICIO NOTARIAL A NIVEL NACIONAL”.
Si bien la potestad legal de formalizar estos permisos se encuentra regulado en el Código de la Niñez y la Adolescencia, la falta de una norma secundaria, permitió que se configuren numerosos casos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes; por ello con la expedición de este reglamento el Consejo de la Judicatura, busca la prevención del delito y agiliza el trámite notarial.
Información General, sobre el trámite notarial
- El Reglamento y anexos INSTAURA LA PRIMACÍA DEL INTERÉS SUPERIOR DE LOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, minimizando el riesgo de que se configuren posibles delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, además amplía el reconocimiento de exoneraciones y exenciones en las tarifas notariales en caso de discapacidad de los niños, niñas y adolescentes.
- ESTABLECE PROCEDIMIENTOS COMO LA VALIDACIÓN DE LA IDENTIDAD, FOTOGRAFÍA, TOMA DE HUELLA DACTILAR PARA PRECAUTELAR SU SEGURIDAD, con ello la institución no solo blinda el servicio notarial, sino que también contribuye con el trabajo que realizan los agentes de migración, la Policía Nacional y la Fiscalía General del Estado.
- UNIFICA CRITERIOS PARA QUE LA CIUDADANÍA RECIBA EL MISMO SERVICIO EN TODO EL PAÍS, que le permitirá a la ciudadanía comprender sus derechos y beneficios.
- ESTABLECE FORMATOS PARA EVITAR ERRORES EN LAS PETICIONES ELABORADAS POR LOS ABOGADOS, con ello los peticionarios y abogados en libre ejercicio contarán con formatos únicos para requerir la fe pública.
- ESTABLECE LA APLICACIÓN DEL BENEFICIO PARA NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, CON DISCAPACIDAD, esto elimina la subjetividad con la cual ciertas notarías reconocían las exoneraciones y otras no.
Creado por: Carlos Gavilanes – Área Civil


