Influencers: Crear contenido ¡y pagar impuestos!

Conoce las normativas del SRI sobre los Impuestos que deben pagar los Influencers en el país

Entendemos por el término Influencers que son personas que tienen una presencia significativa en las redes sociales y la capacidad de influir en un número importante de seguidores a través de estos medios online y debido a ello, por lo general, están vinculados a la realización de actividades de creación, producción y difusión de contenido.

Actualmente, el Servicio de Rentas Internas (SRI) establece que los influencers deben declarar y pagar impuestos por sus ingresos de forma correcta al igual que cualquier otro trabajador del país, sean estos ingresos en dinero y/o en especies (canjes) por la creación de contenido en medios digitales, publicidad y promoción, explotación de imagen, comunicación, expresión de opiniones y otras actividades relacionadas de esta índole, realizadas en el Ecuador o desde el exterior. 

El objetivo del SRI al establecer este control sobre los impuestos que han de pagar los influencers acorde a sus ingresos, es que la recaudación de impuestos este año 2023 aumente y que a su vez brinde mejor resultado y reducción de la evasión e informalidad en este ámbito, debido a que el Gobierno ha descartado aumentar impuestos este año. Inclusive, el SRI actualmente ya cuenta con un catastro de 500 influencers, a los cuales tiene en observación para que estos paguen sus impuestos acordes a lo que realmente reciben como ingreso. 

Según un informe realizado por Influencity, una plataforma española que se especializa en Marketing e Influencers, Ecuador tiene 173.951 influencers, lo cual conforma el 0,9% de la población del país.

De hecho, Influencity reconoce a Ecuador en el sexto lugar entre los países de América Latina con más personas consideradas influencers, con Brasil liderando la lista. A su vez, según esta plataforma española, existen al menos cuatro categorías en las que se puede clasificar a los influencers: 

  • Nano: Personas que tienen entre 1.000 y 10.000 seguidores.
  • Micro: Tienen hasta 100.000 seguidores.
  • Macro: Personas que han alcanzado hasta 1.000.000 de seguidores en sus redes sociales.
  • Mega: Aquellas personas que tienen más de 1.000.000 de seguidores en sus redes. 

El SRI hasta ahora, no ha definido un número de seguidores en redes sociales que debe tener el creador de contenido para estar dentro de su radar. 

Aunque a su vez, sí ha determinado qué actividades clasifican para influencers como ingresos sujetos a Impuesto a la Renta, entre los que se encuentran los pagos locales y del exterior recibidos por:

  1. Los anunciantes, ya sea en dinero o en especie, por mostrar y/o promocionar bienes y/o servicios materia de auspicio en sus canales, historias, o contenido audiovisual que estos (influencers) producen y difunden en sus redes sociales. 
  1. Las plataformas digitales en las que estos creadores de contenido operan, por introducir o agregar publicidad en los videos o contenido digital que producen y difunden en distintas redes sociales. 
  1. Sus seguidores en redes sociales, por accesos anticipados a ciertos contenidos monetizados que ofrecen los influencers y obtienen estos seguidores en foros o redes sociales.
  1. Monetización del canal o plataforma digital, en la que los creadores de contenido interactúan con sus seguidores, autorizando a estas plataformas a colocar publicidad en sus videos o contenido, en la que estos medios digitales les exige a los influencers una cantidad mínima de suscripciones y/o visualizaciones del citado contenido. 

En cuanto al control que establece el SRI, comenzará con una primera etapa en la que realizará campañas de información y aplicará Planes de Control Rápidos (PCR Tributario) a estos creadores de contenido del país. 

Entendemos por PCR Tributario, que se trata de un proceso en el que el SRI llama a comparecencia voluntaria a determinados contribuyentes. En este caso, el SRI realizará PCR tributaria a distintos influencers que han identificado que tienen diferencias entre los impuestos que han declarado y en los ingresos que perciben por sus actividades y trabajo como creadores de contenido.

Una vez realizado el PCR, el influencer puede realizar correcciones en lo que ha declarado y pagar los impuestos competentes que hagan falta, en caso de haberlos. Se realizará este tipo de control mediante cruces de información local y del exterior del país, a través de convenios e intercambio de información, que refleje el estilo de vida de las personas. En estos procesos se incluye, por ejemplo, las salidas del país y los consumos que realice con tarjeta de crédito estando fuera del país. 

Teniendo todo esto en consideración y para una declaración y pago correcto de sus impuestos, estas son las obligaciones tributarias con las que ha de cumplir un influencer: 

  • Inscribirse en el RUC como persona natural. 
  • Emitir facturas electrónicas. 
  • Declarar impuestos conforme al régimen tributario al que pertenezca (RIMPE o Régimen General) 
  • Pagar impuestos en los plazos establecidos. 

Para ello, es importante saber que existen tres tipos de ingresos por los cuales deben emitir comprobantes los creadores de contenido y pagar sus impuestos según corresponda.

  • Los ingresos que perciben en efectivo de empresas domiciliadas en Ecuador, que contratan sus servicios. 
  • Pagos que perciben de redes sociales directamente y de empresas que no están domiciliadas en Ecuador. 
  • Bienes que reciben como pago o canje por sus servicios.

Por otro lado, los impuestos a pagar dependen del régimen tributario al que pertenecen. Estas personas pueden estar en dos categorías: El Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) o en el Régimen General, como personas naturales. 

Para poder estar en el Rimpe, un creador de contenido ha de tener ingresos de máximo USD 300.000 al año. Además, el Rimpe se divide en dos segmentos: 

  • Negocios Populares: que son personas con ingresos anuales de hasta USD 20.000.
  • Emprendedor: persona con ingresos de entre USD 20.000 y USD 300.000 al año. 

Quienes forman parte del grupo de Negocios Populares no están obligados a emitir facturas, solo notas de venta. A su vez, tampoco tienen que pagar Impuesto a la Renta, sino un impuesto único anual de USD 60. 

En el caso contrario, si el influencer gana más de USD 20.000 al año debe emitir facturas electrónicas y pagar Impuesto a la Renta de entre 1% y 2%, dependiendo de sus ingresos. Además, tendrá que declarar de manera semestral el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En cuanto al Régimen General de personas naturales, en este caso entran los influencers que tienen un Registro Único Contribuyente (RUC) para actividades por servicios profesionales, es decir, personas que cuentan con un título profesional. 

Cabe destacar, que las personas con RUC por servicios profesionales no pueden entrar al Rimpe, independientemente de los ingresos que tengan. Quiere decir, que aquellos creadores de contenido que tengan un título profesional, por ejemplo de comunicadores, periodistas, entre otros, forman parte de esta categoría. 

Además, pueden estar en el Régimen General las personas que tienen un RUC por prestación de servicios generales o por servicios publicitarios, esto en vista a que no hay una categoría específica de RUC para creadores de contenido en redes sociales hasta ahora. Estas personas naturales deben emitir facturas electrónicas y pagar Impuesto a la Renta en marzo de cada año. 

La tarifa es de hasta el 37% de sus ingresos. Y en este segmento el contribuyente también tiene la obligación de declarar también el IVA. 

Por otro lado, los influencers también cuentan con beneficios por el cumplimiento del pago de sus impuestos correctamente, cómo acceder a créditos de las instituciones financieras, ya que podrá demostrar el nivel de sus ingresos y a raíz de esto, también puede fortalecer y hacer crecer su actividad y negocio. 

Por último, es importante mencionar los riesgos que existen por desconocimiento e incumplimiento de las siguientes normas tributarias en cuanto al pago de Impuestos para influencers:

  • Declarar y/o pagar impuestos fuera de plazo o no presentar la declaración. 
  • Omitir valores de ingresos dentro de la declaración de impuestos. 
  • Incluir en tu declaración de Impuesto a la Renta costos y gastos no vinculados al giro de tu negocio.
  • No emitir facturas por los ingresos que recibas, dentro y fuera del Ecuador. 

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