El Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, una normativa que regula el procedimiento para la autorización de turnos u horarios especiales de trabajo y establece lineamientos sobre la distribución de la jornada laboral eficiente para el desarrollo.
Esta regulación busca brindar mayor claridad a empleadores y trabajadores sobre las modalidades de organización del tiempo de trabajo y los requisitos necesarios para su autorización ante la autoridad laboral.
¿Cuál es el objetivo del acuerdo?
El acuerdo tiene como finalidad regular el procedimiento para autorizar turnos u horarios especiales, así como establecer disposiciones sobre la distribución de la jornada laboral semanal.
Su aplicación es obligatoria para empleadores y trabajadores sujetos al Código del Trabajo que requieran implementar estas modalidades de jornada laboral.
¿Qué se consideran turnos u horarios especiales?
Los turnos especiales son aquellos que, debido a la naturaleza de la actividad económica o del servicio prestado, no pueden interrumpirse por razones técnicas, productivas o por afectar el interés público.
Entre los principales casos se encuentran:
- Trabajo prolongado: más de cinco días consecutivos con descansos acumulados.
- Trabajo reducido: menos de cinco días consecutivos con descansos menores a dos días consecutivos.
- Horarios rotativos: jornadas diurnas, nocturnas o mixtas que pueden ser continuas o discontinuas.
En otros esquemas de organización del tiempo de trabajo que no estén dentro de estas categorías, no será necesaria una autorización especial, pero sí el consentimiento escrito entre empleador y trabajador, además del registro correspondiente ante el Ministerio del Trabajo dentro de los 30 días posteriores a la firma del contrato o adenda.
Procedimiento para solicitar la autorización
Cuando un empleador necesite implementar turnos u horarios especiales, deberá presentar una solicitud dirigida al Director Regional del Trabajo y Servicio Público correspondiente.
Entre los requisitos principales se encuentran:
- Solicitud formal explicando la necesidad del turno especial.
- Consentimiento de los trabajadores involucrados.
- Copia del RUC o documento de identificación del empleador.
- Certificación de cumplimiento de obligaciones con el IESS.
Una vez presentada la documentación completa, la autoridad laboral emitirá una resolución en un plazo máximo de 10 días.
Jornada laboral eficiente para el desarrollo
El acuerdo también introduce la posibilidad de implementar una jornada laboral eficiente, que permite distribuir las horas de trabajo de forma distinta a la jornada tradicional.
Sus principales características son:
- 40 horas semanales como máximo.
- Hasta 10 horas diarias.
- Puede distribuirse dentro de cinco días a la semana de forma flexible.
- Puede aplicarse en modalidad presencial, virtual o mixta.
Para su implementación es necesario un acuerdo expreso entre empleador y trabajador, el cual debe constar en el contrato o en una adenda, y registrarse en el sistema del Ministerio del Trabajo dentro de los 30 días posteriores a su firma.
Incentivos para la contratación de jóvenes
La normativa también busca promover el empleo juvenil. Por ello, el Ministerio del Trabajo priorizará las solicitudes de turnos especiales que incluyan la contratación de jóvenes entre 18 y 29 años.
Estas contrataciones deben realizarse mediante la plataforma Encuentra Empleo, con el objetivo de facilitar la primera experiencia laboral formal para este grupo poblacional.
Control y cumplimiento
El Ministerio del Trabajo realizará controles y verificaciones para asegurar que la aplicación de turnos especiales y jornadas eficientes respete los derechos de los trabajadores y cumpla con la normativa vigente.
Además, se recuerda que, en cualquiera de estas modalidades, deben pagarse los recargos correspondientes por horas nocturnas, suplementarias o extraordinarias cuando corresponda.
Conclusión
El Acuerdo Ministerial MDT-2026-059 representa un paso importante hacia mayor flexibilidad en la organización del trabajo, permitiendo que las empresas adapten sus jornadas laborales a sus necesidades operativas, siempre garantizando el respeto de los derechos laborales.
Para los empleadores, es fundamental cumplir con el procedimiento de autorización y registro establecido por el Ministerio del Trabajo, evitando posibles sanciones y asegurando una correcta implementación de estas modalidades laborales.
Creado por: Daniel Hidalgo – Área Laboral


