Mediante la Resolución No. 04-2026, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia unificó el criterio jurisprudencial respecto a la forma de calcular el fondo global de jubilación patronal, poniendo fin a las interpretaciones contradictorias existentes dentro de la Sala Especializada de lo Laboral.
Como punto relevante, la Corte precisó que el pago del fondo global de jubilación patronal únicamente procede cuando exista acuerdo entre las partes, es decir, entre empleador y trabajador, conforme lo establece el artículo 216 numeral 3 del Código del Trabajo. En consecuencia, este mecanismo no opera de manera automática ni unilateral, sino que requiere aceptación expresa y formalización ante autoridad competente.
La Corte determinó además que, una vez exista dicho acuerdo, el cálculo del fondo global deberá realizarse aplicando los acuerdos ministeriales vigentes a la fecha de terminación de la relación laboral. Esto implica que, para aquellos casos en los que la desvinculación del trabajador ocurrió mientras se encontraban vigentes las regulaciones emitidas por el Ministerio del Trabajo, dichas normas serán obligatorias para efectuar el cálculo correspondiente.
Por otro lado, la resolución establece que, en los casos en que la terminación laboral haya ocurrido antes de la expedición de los acuerdos ministeriales, el cálculo deberá proyectar las pensiones jubilares hasta los 89 años de edad del trabajador, tomando como referencia la tabla de coeficientes prevista en el artículo 218 del Código del Trabajo, más el año adicional contemplado en el artículo 217 ibídem. Adicionalmente, la Corte aclaró que esta resolución tendrá aplicación inmediata y obligatoria para los jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia en casos similares; sin embargo, no tendrá efectos retroactivos ni afectará la validez de las sentencias emitidas con anterioridad.
Conclusión
Con esta decisión, la Corte privilegia el principio de seguridad jurídica y establece una línea interpretativa uniforme respecto al cálculo del fondo global de jubilación patronal, aspecto que había generado incertidumbre tanto para empleadores como para trabajadores.
Creado por: Daniel Hidalgo – Área Laboral


